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Resolución CVM 162 altera la Resolución CVM nº 8, de 14 de octubre de 2020
Revisada el 2026-10-02 · próxima revisión 2027-04-02
Datos
| Norma alterada | Fecha de la norma alterada | Norma modificadora | Fecha de la norma modificadora | Fuente | Fecha del dato |
|---|---|---|---|---|---|
| Resolución CVM nº 8 | 14 de octubre de 2020 | Resolución CVM nº 162 | 13 de julio de 2022 | Resolución CVM 162 | 13/07/2022 |
Datos consultados el 02/10/2026.
Base
- Resolução CVM 162 (CVM): la norma, fechada el 13 de julio de 2022, altera expresamente la Resolución CVM nº 8, de 14 de octubre de 2020, además de otras instrucciones y resoluciones de la CVM.
Como se aplica
La Resolución CVM 162 funciona como un acto normativo modificativo emitido por la Comisión de Valores Mobiliarios el 13 de julio de 2022. Con respecto a la Resolución CVM nº 8, de 14 de octubre de 2020, la modificación fue introducida formalmente por el texto de la Resolución CVM 162, afectando también a otras normas como la Instrucción CVM nº 153, de 24 de julio de 1991, la Instrucción CVM nº 332, de 4 de abril de 2000, la Instrucción CVM nº 359, de 22 de enero de 2002, la Instrucción CVM nº 381, de 14 de enero de 2003, la Instrucción CVM nº 398, de 28 de octubre de 2003, la Instrucción CVM nº 399, de 21 de noviembre de 2003, la Instrucción CVM nº 472, de 31 de octubre de 2008, la Instrucción CVM nº 555, de 17 de diciembre de 2014, la Resolución CVM nº 17, de 9 de febrero de 2021, la Resolución CVM nº 21, de 25 de febrero de 2021, la Resolución CVM nº 30, de 11 de mayo de 2021, la Resolución CVM nº 45, de 31 de agosto de 2021, la Resolución CVM nº 51, de 31 de agosto de 2021, la Resolución CVM nº 60, de 23 de diciembre de 2021, y la Resolución CVM nº 80, de 29 de marzo de 2022.
Limites
- La ficha se restringe exclusivamente a identificar qué norma de 14 de octubre de 2020 es alterada por la CVM 162, con base en las fuentes proporcionadas.
- El texto no detalla el contenido específico, los dispositivos alterados o los impactos materiales introducidos por la modificación en la Resolución CVM nº 8.
- Las modificaciones posteriores o complementarias a la Resolución CVM 162 deben consultarse directamente en las fuentes oficiales de la CVM.