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Atlas · Compliance

Plazo mínimo de 30 días para la fijación del edicto de decisión sancionadora

RespuestaEl plazo mínimo para la fijación del edicto de la decisión administrativa sancionadora en el establecimiento o lugar de ejercicio de la actividad de la empresa es de 30 días.

Revisada el 2026-10-02 · próxima revisión 2027-04-02

Datos

QuiénCriterioConsecuenciaFuenteFecha del dato
Persona jurídica sancionadaPráctica de actos lesivos contra la administración públicaFijación de edicto en lugar de visibilidad pública por el plazo mínimo de 30 díasDecreto 11.129/2022, art. 28, II11/07/2022

Datos consultados el 02/10/2026.

Base

Como se aplica

La persona jurídica sancionada administrativamente debe realizar la publicación extraordinaria de la decisión en tres medios acumulativos: (i) medio de comunicación de gran circulación; (ii) edicto fijado en el propio establecimiento o lugar de ejercicio de la actividad, en un lugar que permita la visibilidad por el público; y (iii) en el sitio web de la empresa, de forma destacada en la página principal. En todos los casos en que el formato sea edicto o publicación electrónica, el plazo mínimo de exposición es de 30 días. Los costos de la publicación corren por cuenta de la empresa sancionada.

Limites

Todas las fichasVersión en texto (.txt)