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Plazo máximo para ejercer derecho de preferencia en la preemción es de 180 días (móvel) o 2 años (inmueble)

RespuestaEl plazo máximo para ejercer el derecho de preferencia en la preemción es de 180 días (bien mueble) o 2 años (bien inmueble), según el Código Civil.

Revisada el 2026-10-02 · próxima revisión 2027-04-02

Datos

QuienPlazo máximoTipo de cosaFuenteFecha del dato
Comprador o tercero adquirente180 díasMóvelLey n.º 10.406/2002 (Código Civil), art. 513, párrafo único10/01/2002
Comprador o tercero adquirente2 añosInmuebleLey n.º 10.406/2002 (Código Civil), art. 513, párrafo único10/01/2002

Datos consultados el 02/10/2026.

Base

Como se aplica

El derecho de preferencia (preemción) obliga al comprador a ofrecer al vendedor la cosa que va a vender o dar en pago, para que este ejerza su derecho de prelación. El plazo máximo para ejercer este derecho es de 180 días para cosas muebles y 2 años para inmuebles, según el art. 513, párrafo único, del Código Civil. Si no hay plazo estipulado en contrato, se aplica el plazo legal.

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