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Atlas · Sociedades por acciones

El máximo de la multa contractual por mora del accionista es del 10% del valor

RespuestaEl accionista que no pague las acciones en las condiciones establecidas incurre en mora, sujeto a una multa no superior al 10% del valor de la prestación debida.

Revisada el 2026-10-02 · próxima revisión 2027-04-02

Datos

QuiénCriterioConsecuenciaFuenteFecha del dato
Accionista en moraRetraso en el pago de acciones según estatuto, boletín o llamadoMulta contractualLei 6.404/1976, art. 106, § 2.º15/12/1976
Multa contractualMora en la amortización de accionesLímite máximo del 10% del valor de la prestaciónLei 6.404/1976, art. 106, § 2.º15/12/1976

Datos consultados el 02/10/2026.

Base

Como se aplica

El accionista que deja de realizar el pago de las acciones en el plazo estipulado por el estatuto, por el boletín de suscripción o mediante llamado público (cuando el estatuto sea omiso) incurre automáticamente en mora. Además de la obligación de pagar la prestación principal, el accionista debe asumir intereses, corrección monetaria y la multa definida en el estatuto, la cual no puede superar el tope legal del 10% sobre el monto de la prestación atrasada.

Límites

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