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Atlas · Gobernanza

Límite de 5 salarios mínimos por trabajador para el pago prioritario de créditos estrictamente salariales vencidos en los 3 meses anteriores a la solicitud de recuperación judicial

RespuestaEl límite es de 5 salarios mínimos por trabajador para créditos estrictamente salariales vencidos en los 3 meses anteriores a la solicitud de recuperación judicial.

Revisada el 2026-10-02 · próxima revisión 2027-04-02

Datos

QuienCriterioConsecuenciaFuenteFecha del dato
Deudor en recuperación judicialCréditos estrictamente salariales vencidos en los 3 meses anteriores a la solicitudPago prioritario en hasta 30 días, limitado a 5 salarios mínimos por trabajadorLey 11.101/2005, art. 54, § 1º (redacción de la Ley 14.112/2020)20/01/2020 (vigencia de la Ley 14.112)

Datos consultados el 02/10/2026.

Base

Como se aplica

El límite de 5 salarios mínimos por trabajador es aplicable a los créditos estrictamente salariales vencidos en los 3 meses anteriores a la solicitud de recuperación judicial. El pago debe realizarse en hasta 30 días, conforme a la previsión en el plan de recuperación judicial. Si el plan no cumple este límite o plazo, el juez puede decretar la quiebra del deudor.

Limites

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