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Atlas · Mercado de capitales

El valor máximo de la multa aplicable por la CVM es de R$ 50 millones

RespuestaEn los casos generales, la multa pecuniaria aplicada por la CVM no puede exceder el valor de R$ 50.000.000,00 (cincuenta millones de reales), respetando los principios de proporcionalidad y razonabilidad.

Revisada el 2026-10-02 · próxima revisión 2027-04-02

Datos

Criterio de Límite de la MultaValor o Porcentaje MáximoFuenteFecha del dato
Límite pecuniario nominalR$ 50.000.000,00Lei 6.385/1976, art. 11, § 1.º, I14/11/2017
Valor de la operación/emisiónEl doble del valor de la operación irregularLei 6.385/1976, art. 11, § 1.º, II14/11/2017
Ventaja o pérdida3 veces el monto de la ventaja obtenida o pérdida evitadaLei 6.385/1976, art. 11, § 1.º, III14/11/2017
Perjuicio a inversoresEl doble del perjuicio causadoLei 6.385/1976, art. 11, § 1.º, IV14/11/2017

Datos consultados el 02/10/2026.

Base

Como se aplica

La multa pecuniaria impuesta por la CVM debe considerar la capacidad económica del infractor, la proporcionalidad y la razonabilidad. El valor final de la penalidad no puede exceder el mayor de los cuatro criterios listados en la tabla de datos (el límite nominal de R$ 50 millones, el doble de la operación irregular, el triple de la ventaja o el doble del perjuicio causado). En caso de reincidencia, la multa puede ser aplicada hasta el triple de los valores fijados en el referido párrafo.

Limites

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