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Participación del 20% o más en el capital votante exige valoración por método de equivalencia patrimonial
RespuestaEl método de equivalencia patrimonial es obligatorio para inversiones en asociadas con influencia significativa o participación del 20% o más del capital votante, además de inversiones en controladas.
Revisada el 2026-10-02 · próxima revisión 2027-04-02
Datos
| Quién | Criterio | Consecuencia | Fuente | Fecha del dato |
|---|---|---|---|---|
| Compañía | Participación del 20% o más en el capital votante de asociada | Valuation de la inversión por el método de equivalencia patrimonial | Lei 6.404/1976, art. 248 (Planalto, en portugués) | 15/12/1976 (redação Lei 11.941/2009) |
| Compañía | Influencia significativa en la administración de asociada | Valuation de la inversión por el método de equivalencia patrimonial | Lei 6.404/1976, art. 248 (Planalto, en portugués) | 15/12/1976 (redação Lei 11.941/2009) |
| Compañía | Inversión en controladas | Valuation de la inversión por el método de equivalencia patrimonial | Lei 6.404/1976, art. 248 (Planalto, en portugués) | 15/12/1976 (redação Lei 11.941/2009) |
Datos consultados el 02/10/2026.
Base
- Lei n.º 11.638/2007 (Planalto, en portugués): altera dispositivos de la Lei 6.404/1976 relativos a la valoración de inversiones.
- Lei n.º 6.404/1976, compilada (Planalto, en portugués): el art. 248 establece la obligatoriedad de la valoración de inversiones en controladas y asociadas (con 20% o más del capital votante o influencia significativa) por el método de equivalencia patrimonial.
Como se aplica
El método de equivalencia patrimonial debe aplicarse en el balance patrimonial de la compañía para inversiones en asociadas y controladas, además de sociedades bajo control común. El criterio del 20% o más del capital votante es uno de los factores que caracteriza a la asociada, junto con la influencia significativa en la administración. El valor de la inversión se determina aplicando el porcentaje de participación sobre el patrimonio neto de la invertida, ajustado según las normas legales.
Limites
- Esta ficha no detalla procedimientos contables específicos de consolidación de estados financieros.
- La ficha se limita a los criterios de obligatoriedad del método de equivalencia patrimonial contenidos en la Lei 6.404/1976.
- Las modificaciones normativas posteriores, incluidos pronunciamientos técnicos y normas de la CVM, deben ser verificadas en las fuentes oficiales vigentes.