Atlas · Gobernanza
El límite máximo para el voto plural es de 10 votos por acción ordinaria
Revisada el 2026-10-02 · próxima revisión 2027-04-02
Datos
| Quién | Criterio | Consecuencia | Fuente | Fecha del dato |
|---|---|---|---|---|
| Compañía | Creación de clases de acciones ordinarias | Asignación de voto plural limitada a 10 votos por acción | Ley 6.404/1976, art. 110-A | 03/09/2021 |
Datos consultados el 02/10/2026.
Base
- Ley n.º 6.404/1976, compilada (Planalto, en portugués): el artículo 110-A establece el límite de hasta 10 votos por acción ordinaria para clases con voto plural y define los requisitos para su aplicación en compañías cerradas y abiertas.
Como se aplica
El voto plural es admitido tanto para compañías cerradas como para compañías abiertas. En el caso de las compañías abiertas, la creación de la clase debe ocurrir obligatoriamente antes del inicio de la negociación de acciones o valores mobiliarios convertibles en acciones en mercados organizados. La decisión de crear la clase requiere quórum calificado, dependiendo del voto favorable de accionistas que representen, como mínimo, la mitad del total de votos de las acciones con derecho a voto y, si hubiera acciones preferenciales sin derecho a voto o con voto restringido, la mitad de estas en asamblea especial. El voto plural no se aplica en votaciones sobre remuneración de administradores o transacciones con partes relacionadas definidas por la CVM.
Límites
- La ficha no cubre los supuestos de conversión automática de las acciones con voto plural en acciones ordinarias sin voto plural (ej: transferencia a terceros o acuerdo de accionistas para ejercicio conjunto de voto).
- No incluye las restricciones operativas específicas para compañías abiertas que no adoptan el voto plural en procesos de absorción, fusión o escisión.
- Las modificaciones posteriores a la Ley 14.195/2021 o nuevas regulaciones de la CVM deben ser verificadas en la fuente oficial.