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Plazo para que el deudor presente contestación tras ser citado en la acción de quiebra es de 10 días

RespuestaEl deudor tiene 10 días para presentar contestación tras ser citado en la acción de quiebra, conforme el art. 98 de la Ley 11.101/2005.

Revisada el 2026-10-02 · próxima revisión 2027-04-02

Datos

QuienPlazoFuenteFecha del dato
Deudor citado en acción de quiebra10 días para presentar contestaciónLey 11.101/2005, art. 9809/02/2005

Datos consultados el 02/10/2026.

Base

Como se aplica

El plazo de 10 días para la contestación en la acción de quiebra se cuenta a partir de la citación del deudor. Durante este período, el deudor puede impugnar el pedido de quiebra, alegando, por ejemplo, falsedad de título, prescripción, nulidad de obligación, pago de la deuda o cualquier hecho que extinga o suspenda la obligación (art. 96, incisos I a VIII, de la Ley 11.101/2005). Si el deudor deposita el valor del crédito más corrección monetaria, intereses y honorarios, la quiebra no será decretada.

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