--- slug: prazo-contestacao-falencia lang: es titulo: Plazo para que el deudor presente contestación tras ser citado en la acción de quiebra es de 10 días resposta: El deudor tiene 10 días para presentar contestación tras ser citado en la acción de quiebra, conforme el art. 98 de la Ley 11.101/2005. curto: 10 días para contestar tema: Gobernanza revisada: 2026-10-02 proxima: 2027-04-02 --- ## Datos | Quien | Plazo | Fuente | Fecha del dato | |---|---|---|---| | Deudor citado en acción de quiebra | 10 días para presentar contestación | Ley 11.101/2005, art. 98 | 09/02/2005 | Datos consultados el 02/10/2026. ## Base - [Ley n.º 11.101/2005 (Planalto, en portugués)](https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2004-2006/2005/lei/l11101.htm): el art. 98 establece que el deudor, al ser citado en la acción de quiebra, podrá presentar contestación en el plazo de 10 días. ## Como se aplica El plazo de 10 días para la contestación en la acción de quiebra se cuenta a partir de la citación del deudor. Durante este período, el deudor puede impugnar el pedido de quiebra, alegando, por ejemplo, falsedad de título, prescripción, nulidad de obligación, pago de la deuda o cualquier hecho que extinga o suspenda la obligación (art. 96, incisos I a VIII, de la Ley 11.101/2005). Si el deudor deposita el valor del crédito más corrección monetaria, intereses y honorarios, la quiebra no será decretada. ## Limites - El plazo de 10 días no se aplica a pedidos de quiebra basados en otros fundamentos, como incumplimiento de obligación asumida en un plan de recuperación judicial (art. 94, incisos III y IV, de la Ley 11.101/2005), que pueden tener plazos distintos. - La contestación debe presentarse exclusivamente en el proceso de quiebra, sin confundirse con plazos para impugnación de créditos u objeciones al plan de recuperación judicial. - Modificaciones posteriores a la Ley 11.101/2005 deben verificarse en el [Planalto](https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2004-2006/2005/lei/l11101.htm) o en actualizaciones legislativas.