Atlas · Gobernanza
El plazo máximo para la firma del término de posesión del administrador es de 30 días después de la designación
Revisada el 2026-10-02 · próxima revisión 2027-04-02
Datos
| Quem | Critério | Prazo | Fonte | Data do dado |
|---|---|---|---|---|
| Administrador | Nomeação para cargo | 30 dias para assinatura do termo de posse | Lei 6.404/1976, art. 149, § 1º | 31/10/2001 (redação da Lei 10.303) |
Datos consultados el 02/10/2026.
Base
- Lei n.º 6.404/1976, compilada (Planalto, en portugues): el art. 149 establece la necesidad de firma de término de posesión en libro propio y fija el plazo de 30 días para el cumplimiento de la formalidad.
Como se aplica
La investidura de los consejeros y directores de una compañía ocurre mediante la firma de un término de posesión en el libro de actas del órgano respectivo (consejo de administración o directiva). El plazo para que esta formalización ocurra es de 30 días, contados a partir de la designación del administrador. Si el término no se firma dentro de este período, la designación pierde su efecto, salvo que el órgano de administración al cual el individuo fue elegido acepte una justificación por el retraso. Además, el término de posesión exige, bajo pena de nulidad, la indicación de un domicilio donde el administrador recibirá citaciones e intimaciones judiciales o administrativas relacionadas con su gestión.
Limites
- La dispensa de la pérdida de efecto de la designación después del plazo de 30 días depende de la aceptación de una justificación por el propio órgano de administración.
- El término de posesión posee exigencias específicas de contenido, como la indicación de domicilio para citaciones, bajo pena de nulidad.
- La ficha se basa estrictamente en la Ley de Sociedades Anónimas (Ley 6.404/1976); las alteraciones posteriores a la fecha de esta consulta deben verificarse directamente en el portal del Planalto.