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La resolución del contrato de seguro por agravación del riesgo se vuelve eficaz 30 días después de la notificación

RespuestaLa resolución del contrato de seguro por agravación del riesgo sin culpa del asegurado se vuelve eficaz 30 días después de la notificación enviada por el asegurador.

Revisada el 2026-10-02 · próxima revisión 2027-04-02

Datos

QuienCriterioConsecuenciaFuenteFecha del dato
AseguradorRecepción del aviso de agravación del riesgo sin culpa del aseguradoPodrá dar conocimiento, por escrito, de su decisión de resolver el contrato en los quince días siguientesLei 10.406/2002 (Código Civil), art. 769, § 1.º (Planalto, en portugués)11/01/2002
Asegurador y AseguradoResolución del contrato por agravación del riesgoLa resolución solo será eficaz treinta días después de la notificación, debiendo ser restituida por el asegurador la diferencia de la primaLei 10.406/2002 (Código Civil), art. 769, § 2.º (Planalto, en portugués)11/01/2002

Datos consultados el 02/10/2026.

Base

Como se aplica

Cuando ocurre una agravación considerable del riesgo cubierto sin culpa del asegurado y el hecho es comunicado al asegurador, este dispone de quince días, contados desde la recepción del aviso, para manifestar por escrito la decisión de resolver el contrato. La eficacia de esa resolución, sin embargo, queda diferida para treinta días después de la mencionada notificación, existiendo obligatoriedad de restitución de la diferencia de la prima por parte del asegurador.

Limites

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