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La resolución del contrato de seguro por agravación del riesgo se vuelve eficaz 30 días después de la notificación
RespuestaLa resolución del contrato de seguro por agravación del riesgo sin culpa del asegurado se vuelve eficaz 30 días después de la notificación enviada por el asegurador.
Revisada el 2026-10-02 · próxima revisión 2027-04-02
Datos
| Quien | Criterio | Consecuencia | Fuente | Fecha del dato |
|---|---|---|---|---|
| Asegurador | Recepción del aviso de agravación del riesgo sin culpa del asegurado | Podrá dar conocimiento, por escrito, de su decisión de resolver el contrato en los quince días siguientes | Lei 10.406/2002 (Código Civil), art. 769, § 1.º (Planalto, en portugués) | 11/01/2002 |
| Asegurador y Asegurado | Resolución del contrato por agravación del riesgo | La resolución solo será eficaz treinta días después de la notificación, debiendo ser restituida por el asegurador la diferencia de la prima | Lei 10.406/2002 (Código Civil), art. 769, § 2.º (Planalto, en portugués) | 11/01/2002 |
Datos consultados el 02/10/2026.
Base
- Lei n.º 10.406/2002 (Código Civil) (Planalto, en portugués): el art. 769, § 2.º, establece que la resolución del contrato de seguro por agravación del riesgo se vuelve eficaz treinta días después de la notificación.
Como se aplica
Cuando ocurre una agravación considerable del riesgo cubierto sin culpa del asegurado y el hecho es comunicado al asegurador, este dispone de quince días, contados desde la recepción del aviso, para manifestar por escrito la decisión de resolver el contrato. La eficacia de esa resolución, sin embargo, queda diferida para treinta días después de la mencionada notificación, existiendo obligatoriedad de restitución de la diferencia de la prima por parte del asegurador.
Limites
- La regla se aplica específicamente al caso de agravación del riesgo sin culpa del asegurado, conforme al texto legal.
- Esta ficha cubre exclusivamente el plazo de eficacia de la resolución después de la notificación, según lo establecido en el dispositivo citado.
- La norma mencionada consta como derogada por ley posterior en el texto base consultado; se deben verificar directamente en la fuente oficial del Planalto las modificaciones posteriores y la vigencia actual.