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Atlas · Tributación

Plazo para la enajenación de vehículo con exención tributaria sin pago retroactivo es de 2 años

RespuestaEl plazo es de 2 años, contados desde la fecha de adquisición del vehículo, para enajenación sin pago retroactivo del tributo eximido.

Revisada el 2026-10-02 · próxima revisión 2027-04-02

Datos

QuienCriterioConsecuenciaFuenteFecha del dato
Persona jurídica adquirente de vehículo nuevoAdquisición con exención del IPI (Lei 8.989/1995, inciso IV)Enajenación del vehículo en hasta 2 años desde la fecha de adquisición sin pago retroactivo del tributo eximidoLei 14.183/2021, art. 2º, § 7º y art. 6º14/07/2021

Datos consultados el 02/10/2026.

Base

Como se aplica

La regla se aplica a la enajenación de vehículos nuevos adquiridos con exención del IPI (Lei 8.989/1995, inciso IV), siempre que se respete el plazo de 2 años. El plazo se cuenta desde la fecha de adquisición del vehículo. Si la enajenación ocurre dentro de ese período, el enajenante no está obligado a pagar el tributo eximido.

Limites

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