--- slug: reserva-remuneracion-administrador lang: es titulo: El porcentaje del monto debido al administrador judicial reservado para pago posterior es del 40% resposta: Se reservará el 40% del monto debido al administrador judicial para pago después de cumplir lo previsto en los arts. 154 y 155 de la Ley n.º 11.101/2005. curto: Reserva del 40% para administrador tema: Sociedades por acciones revisada: 2026-10-02 proxima: 2027-04-02 --- ## Datos | Quien | Criterio | Consecuencia | Fuente | Fecha del dato | |---|---|---|---|---| | Administrador judicial | Monto debido al administrador judicial en la recuperación judicial o quiebra | Reserva del 40% del monto debido para pago después de cumplir lo previsto en los arts. 154 y 155 de la Ley n.º 11.101 | Ley 11.101/2005, art. 24, § 2.º | 09/02/2005 | Datos consultados el 02/10/2026. ## Base - [Lei n.º 11.101/2005 (Planalto, en portugués)](https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2004-2006/2005/lei/l11101.htm): el art. 24, § 2.º, establece que se reservará el 40% del monto debido al administrador judicial para pago después de cumplir lo previsto en los arts. 154 y 155 de esta Ley. ## Como se aplica El juez fija el valor y la forma de pago de la remuneración del administrador judicial, observando la capacidad de pago del deudor, el grado de complejidad del trabajo y los valores de mercado. Del total calculado debido al administrador judicial, el 40% queda retenido como reserva y solo será pagado después de cumplir con las exigencias previstas en los artículos 154 y 155 de la Ley n.º 11.101/2005. ## Limites - Esta ficha se restringe exclusivamente al porcentaje de reserva de la remuneración del administrador judicial previsto en la legislación federal informada. - La fuente consultada no detalla en este paso los procedimientos específicos descritos en los artículos 154 y 155 referidos para la liberación del saldo retenido. - El texto base utilizado es el de la publicación oficial de la Ley n.º 11.101/2005 por el Planalto; eventuales modificaciones legislativas posteriores deben verificarse directamente en la fuente normativa.