--- slug: prazo-responsabilidade-alienante-acoes lang: es titulo: El transmitente de acciones sigue siendo solidariamente responsable por las prestaciones pendientes durante un plazo de 2 años resposta: El transmitente de acciones sigue siendo solidariamente responsable junto con los adquirentes por el pago de las prestaciones pendientes para integrar las acciones transferidas durante un plazo de 2 años a partir de la fecha de la transferencia. curto: Plazo responsabilidad cedente tema: Sociedades por acciones revisada: 2026-10-02 proxima: 2027-04-02 --- ## Datos | Quién | Criterio | Consecuencia | Fuente | Fecha del dato | |---|---|---|---|---| | Transmitente de acciones | Transferencia de acciones no integradas | Responsabilidad solidaria con los adquirentes por el pago de las prestaciones pendientes para integrar las acciones | Lei 6.404/1976, art. 108 | 15/12/1976 | | Transmitente de acciones | Fin del plazo de 2 años de la fecha de transferencia de las acciones | Cesación de la responsabilidad en relación con cada transmitente | Lei 6.404/1976, art. 108, parágrafo único | 15/12/1976 | Datos consultados el 02/10/2026. ## Base - [Lei n.º 6.404/1976, compilada (Planalto, en portugués)](https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/l6404compilada.htm): el art. 108 y su parágrafo único establecen la responsabilidad solidaria de los transmitentes por las prestaciones pendientes para integrar las acciones transferidas y el plazo de cesación de 2 años contados a partir de la fecha de la transferencia. ## Cómo se aplica Cuando ocurre la transferencia de acciones que aún no han sido totalmente integradas, el antiguo dueño (transmitente) sigue vinculado a la obligación de pagar el resto del capital debido. Él responde de forma solidaria junto con quien compró las acciones (adquirente). Esta responsabilidad no es perpetua: la ley fija que esta termina automáticamente tras el transcurso del plazo de 2 años, contados exactamente a partir de la fecha en que se realizó la transferencia de las acciones. ## Limites - La ficha aborda exclusivamente el plazo y la solidaridad de la responsabilidad del transmitente por acciones no integradas conforme al texto legal informado. - Las versiones leídas son las publicadas por el Planalto; alteraciones posteriores deben ser verificadas en el Planalto antes de cualquier decisión.