--- slug: prazo-defesa-sancoes lang: es titulo: Plazo para defensa previa en proceso de sanciones de la CVM es de 10 días hábiles resposta: El interesado tiene 10 días hábiles para presentar defensa previa en proceso administrativo sancionador de la CVM. curto: 10 días hábiles tema: Gobernanza revisada: 2026-10-02 proxima: 2027-04-02 --- ## Datos | Quien | Proceso | Plazo para defensa previa | Fuente | Fecha del dato | |---|---|---|---|---| | Interesado | Proceso administrativo sancionador de la CVM | 10 días hábiles | Ley n.º 6.385/1976, art. 83, § 2.º | 14/12/1976 (redacción actualizada por la Ley n.º 13.506/2017) | Datos consultados el 02/10/2026. ## Base - [Lei n.º 6.385/1976 (Planalto, en portugués)](https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/l6385.htm): el art. 83, § 2.º, establece que, en proceso administrativo sancionador de la CVM, el interesado tendrá 10 días hábiles para presentar defensa previa, antes de la aplicación de sanciones como suspensión de registro o inhabilitación temporal. ## Como se aplica El plazo de 10 días hábiles es aplicable a cualquier interesado (persona física o jurídica) en proceso administrativo sancionador instaurado por la CVM, conforme el art. 83, § 2.º, de la Ley n.º 6.385/1976. La defensa previa debe presentarse antes de la decisión final sobre sanciones como advertencia, multa, suspensión o cancelación de registro. ## Limites - El plazo no se aplica a procesos de otras naturalezas (ej.: licitaciones, contratos administrativos), que siguen reglas específicas (ej.: Ley n.º 13.303/2016, art. 83, § 2.º, con plazo de 5 días hábiles para recursos). - La Ley n.º 6.385/1976 abarca solo sanciones en el ámbito del mercado de capitales y valores mobiliarios, sin extenderse a otros sectores regulados por órganos distintos (ej.: ANVISA, ANAC). - La redacción actual considera modificaciones de la Ley n.º 13.506/2017, que mantuvo el plazo de 10 días hábiles, pero no introdujo excepciones. - Cambios posteriores deben verificarse en la versión consolidada de la Ley n.º 6.385/1976 en el [Planalto](https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/l6385.htm) o en la CVM.