--- slug: prazo-conclusao-par lang: es titulo: El plazo máximo para la conclusión de los trabajos de la comisión de PAR no excederá de ciento ochenta días resposta: 180 días es el plazo máximo para la conclusión de los trabajos de la comisión del Proceso Administrativo de Responsabilidad (PAR), admitiéndose la prórroga mediante solicitud justificada. curto: Plazo comisión PAR tema: Compliance revisada: 2026-10-02 proxima: 2027-04-02 --- ## Datos | Quién | Criterio | Consecuencia | Fuente | Fecha del dato | |---|---|---|---|---| | Comisión de PAR | Conclusión de los trabajos de averiguación del Proceso Administrativo de Responsabilidad | El plazo no excederá de ciento ochenta días, admitiéndose la prórroga | Decreto n.º 11.129/2022, art. 5.º, § 4.º | 11/07/2022 | Datos consultados el 02/10/2026. ## Base - [Decreto n.º 11.129/2022 (Planalto, en portugues)](https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2019-2022/2022/decreto/d11129.htm): el art. 5.º, § 4.º, establece que el plazo para la conclusión de los trabajos de la comisión de PAR no excederá de ciento ochenta días, admitiéndose la prórroga mediante solicitud justificada del presidente de la comisión a la autoridad instauradora, que decidirá de manera fundamentada. ## Como se aplica La comisión designada en el acto de instauración del Proceso Administrativo de Responsabilidad (PAR) debe concluir sus actividades respetando íntegramente el límite temporal establecido por la norma aplicable. En caso de que el período regular de ciento ochenta días sea insuficiente para la debida elucidación de los hechos y la completa finalización de los trabajos investigativos, la prórroga depende necesariamente de una solicitud formal y justificada formulada por el presidente de la comisión a la autoridad instauradora, que decidirá de manera fundamentada sobre la extensión del plazo. ## Limites - La prórroga exige solicitud justificada del presidente de la comisión y decisión fundamentada de la autoridad instauradora. - Esta ficha cubre exclusivamente el plazo de los trabajos de la comisión de PAR previsto en el Decreto n.º 11.129/2022. - Modificaciones posteriores en la norma deben ser verificadas en la fuente oficial de Planalto antes de cualquier decisión.