--- slug: percentual-membros-independentes lang: es titulo: Porcentaje mínimo de miembros independientes en el Consejo de Administración de empresas públicas y sociedades de economía mixta resposta: El Consejo de Administración de empresas públicas y sociedades de economía mixta debe tener, como mínimo, el 25% de miembros independientes, o al menos 1 miembro en caso de voto múltiple. curto: 25% independientes tema: Gobernanza revisada: 2026-10-02 proxima: 2027-04-02 --- ## Datos | Quién | Porcentaje mínimo | Excepción | Fuente | Fecha del dato | |---|---|---|---|---| | Empresas públicas y sociedades de economía mixta | 25% de miembros independientes | En caso de ejercicio del voto múltiple por accionistas minoritarios, al menos 1 miembro independiente | Lei n.º 13.303/2016, art. 22 | 30/08/2016 | | Empresas públicas y sociedades de economía mixta | No se aplica el porcentaje a consejeros elegidos por empleados | Art. 22, § 3º da Lei 13.303/2016 | Lei n.º 13.303/2016, art. 22 | 30/08/2016 | | Empresas públicas y sociedades de economía mixta | Los consejeros elegidos por accionistas minoritarios cuentan para el porcentaje | Art. 22, § 4º da Lei 13.303/2016 | Lei n.º 13.303/2016, art. 22 | 30/08/2016 | Datos consultados el 02/10/2026. ## Base - [Lei n.º 13.303/2016 (Planalto, en portugues)](https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2015-2018/2016/lei/l13303.htm): el art. 22 establece que el Consejo de Administración de empresas públicas y sociedades de economía mixta debe tener, como mínimo, el 25% de miembros independientes, o al menos 1 miembro en caso de voto múltiple por minoritarios. Define criterios de independencia y excepciones. ## Como se aplica La regla se aplica a empresas públicas y sociedades de economía mixta, exigiendo que al menos el 25% de los miembros del Consejo sean independientes. Con voto múltiple de minoritarios, el mínimo es 1 miembro. Los consejeros elegidos por empleados no cuentan para el porcentaje, mientras que los elegidos por minoritarios sí se incluyen en el cómputo. ## Limites - La regla no se aplica a consejeros elegidos por empleados (art. 22, § 3º). - Los consejeros elegidos por accionistas minoritarios cuentan para el porcentaje (art. 22, § 4º). - El porcentaje se calcula sobre el total de miembros titulares del Consejo, con redondeo según las reglas del § 2º del art. 22. - La definición de miembro independiente está en el art. 22, § 1º, e incluye restricciones como vínculos con la empresa o sus controladores. - Esta ficha abarca solo empresas públicas y sociedades de economía mixta; otras sociedades por acciones siguen la Lei 6.404/1976, que no establece porcentaje mínimo de independencia. - Las alteraciones posteriores deben verificarse en la fuente oficial (Planalto) y en la CVM, si hay regulación complementaria.