--- slug: influencia-significativa-percentual lang: es titulo: El porcentaje mínimo de votos para presumir influencia significativa es del 20% resposta: Se presume la existencia de influencia significativa cuando la inversora es titular del 20% o más de los votos conferidos por el capital de la invertida, sin ejercer su control. curto: Influencia significativa 20% tema: Sociedades anónimas revisada: 2026-10-02 proxima: 2027-04-02 --- ## Datos | Quién | Criterio | Consecuencia | Fuente | Fecha del dato | |---|---|---|---|---| | Inversora | Titularidad del 20% o más de los votos de la invertida | Presunción de influencia significativa (sin control) | Lei 6.404/1976, art. 243, § 5.º | 19/08/2021 | Datos consultados el 02/10/2026. ## Base - [Lei n.º 6.404/1976, compilada (Planalto, en portugues)](https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/l6404compilada.htm): el artículo 243 define las características de las sociedades vinculadas, estableciendo en el párrafo 5.º la presunción legal de influencia significativa basada en la participación del 20% o más de los votos. - [Lei n.º 11.638/2007 (Planalto, en portugues)](https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2007-2010/2007/lei/l11638.htm): esta norma introdujo alteraciones estructurales en la Lei 6.404, incluyendo el concepto de vinculadas y la necesidad de evaluar inversiones bajo influencia significativa por el método de equivalencia patrimonial (art. 248). ## Como se aplica La influencia significativa se caracteriza por el poder de la inversora de participar en las decisiones de las políticas financieras u operacionales de la invertida, sin que exista control sobre ella. La ley establece una presunción relativa: al alcanzar la marca del 20% o más de los votos conferidos por el capital social de la invertida, se asume legalmente la existencia de dicha influencia. El cálculo se realiza sobre el capital con derecho a voto. Esta clasificación es fundamental para la aplicación del método de equivalencia patrimonial en los estados financieros de la inversora. ## Limites - La presunción del 20% es válida solo si la inversora no posee el control de la invertida. - La norma no excluye la posibilidad de caracterización de influencia significativa por otros medios, en caso de que la inversora posea poder de participación en las decisiones incluso con un porcentaje inferior al 20%. - Esta ficha no trata de las reglas de contabilidad internacional o pronunciamientos técnicos específicos que complementan la interpretación del concepto, limitándose al texto legal de la Lei 6.404/1976. - Las alteraciones posteriores a la redacción consolidada presentada deben ser verificadas directamente en las fuentes oficiales citadas.